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El objeto principal de esta monografía es estudiar los posibles límites que se pueden establecer a la autonomía que nuestro ordenamiento reconoce a las confesiones en relación al régimen de su personal, en particular, respecto al personal religioso de la Iglesia católica, en materia de relaciones laborales, patrimoniales y de protección social, para evitar que esta autonomía sobrevuele la libertad religiosa individual y fije la libertad religiosa colectiva como criterio prevalente y discriminatorio que incline la balanza a favor del ente colectivo. Se afronta el tema desde una nueva perspectiva, necesaria -complementaria si se quiere- para dar una solución definitiva y coherente, en el marco de nuestro sistema jurídico constitucional y legislativo, sin que sufran los derechos fundamentales de los religiosos que, por el hecho de serlo, no pierden la condición de ciudadanos, en la medida en que dichos derechos constituyen, a su vez, el reflejo, la concreción y la traducción de los principios y valores superiores de nuestro ordenamiento, en particular, los de libertad, igualdad y no discriminación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la LOLR.